LA INVERSION A TRAVES DE UNA CORPORACION EXTRANJERA
Tradicionalmente
los extranjeros han invertido en Bienes Raíces a través de corporaciones
extranjeras. Ahora las regulaciones de Impuestos requieren nuevas consideraciones.
Las desventajas de una corporación extranjera con inversión en bienes raíces
son:
Retención de
impuestos en intereses y ganancias, restricciones a préstamos en colateral y
planillas de impuestos adicionales.
El uso de una
corporación con domicilio en los Estados Unidos eliminaría algunas de las
desventajas antes mencionadas. Pero trae otros problemas como el 30% de
retención en dividendos, y si las acciones estuviesen tituladas a nombre de sus
dueños extranjeros, crearían un mayor problema en caso de muerte, con el
impuesto de herencia.
Las
corporaciones tienen siempre la desventaja de estar obligadas a responder por impuestos dobles(impuestos a las
ganancias) una, al nivel de corporación y otra por los impuestos que pagan los
accionistas al recibir esa misma ganancia como dividendos. En los dos casos del
uso de corporaciones, aún cuando la corporación estadounidense sea propiedad de
una corporación extranjera, los impuestos en la corporación doméstica son de un
34% federales y en el caso de la Florida tienen un impuesto estatal de un 5.5%
en las ganancias, que seguido por el impuesto a los dividendos del 30% sumarían
hasta el 57% de las ganancias.
"PORTAFOLIO INTEREST"
Aunque sobre
este tema dedicaremos un artículo posterior, es importante mencionarlo ahora
como estrategia para reducir impuestos. Pero cabe anotar, que esta forma solo
opera si las corporaciones tienen más de 11 accionistas, ninguno con más del
10% de acciones y que los mismos no estén relacionados entre sí, por vínculos
familiares. Esta es una estructuración bien compleja pero, llevada a cabo es de
gran beneficio, pues la corporación en los Estados Unidos pagaría intereses a
una corporación extranjera. Los intereses pagados reducen las ganancias en los
Estados Unidos, y la corporación que recibe los intereses los recibe libres de
impuestos.
Para inversiones
individuales otra alternativa muy en uso es el fideicomiso extranjero en la
compre de bienes raíces, el cual da grandes ventajas en caso de muerte del
inversionista. Es importante notar que de morir un beneficiario extranjero su
interés en el fideicomiso estaría sujeto al impuesto de herencia. La principal
objeción para el uso del fideicomiso es que hay que irrevocablemente entregar
el título de la inversión a la entidad jurídica.
Si el
inversionista decide, por su edad estar dispuesto a tomar riesgos con el
impuesto a herencias e invierte como persona extranjera, el impuesto en
ganancias de capital(producto de bienes raíces) sería el de un 28% lo cual es
sin duda menos costoso.
Otra opción es
el concepto de sociedad con características muy especiales, entre las ventajas
que tiene es que en contraste con la estructura corporaticia en la que la tasa
de impuesto es alta y si se distribuyen los dividendos los accionistas tienen
que pagar impuestos de nuevo en las mismas ganancias lo cual constituye una
duplicación de impuestos.
La sociedad es
una entidad conductiva, lo que significa que las ganancias o pérdidas pasan
directamente a los socios y cada socio paga los impuestos directamente (es
decir impuestos una sola vez) y por consiguiente al dividirse las ganancias
entre varios socios la tasa de impuestos es menor.
NUEVAS LEGISLACIONES PENDIENTES
Hay
legislaciones pendientes en el Congreso de los Estados Unidos que cambiarán las
regulaciones que en este momento rigen los impuestos a los que los extranjeros
estarán sujetos.
He tratado de
presentar una idea general sobre inversiones por extranjeros por bienes raíces,
pero su ejecución conlleva un enjambre de tecnicalidades que bien estructurado
pudiera generar grandes beneficios.
Por tal motivo
todo lo referido a inversiones en bienes raíces debe ser consultado con
profesionales con experiencia en este campo ya sean abogados, contadores
públicos autorizados, o el departamento de fideicomiso de entidades bancarias y
financieras
ISAAC MATZ
- C.P.A. (Contador Público Autorizado)